El 14 de abril de 2017, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto 243 expedido por el Congreso del Estado, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en materia de combate a la corrupción.

Contenido de Reforma Constitucional Local:

  • Creación del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Nuevo León;
  • Mayor participación del Comité de Participación Ciudadana en el Comité Coordinador (3 integrantes);
  • Creación de la Fiscalía General de Justicia del Estado, como organismo constitucionalmente autónomo, con dos Fiscalías Especializadas:
    • Combate a la Corrupción.
    • Especializada en Delitos Electorales. Las cuales cuentan con autonomía presupuestaria, técnica, de gestión, de decisión y operativa para investigar y perseguir los hechos que la ley considere como delitos de su competencia.
  • Creación de la Sala Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas;
  • Eliminación del fuero;
  • Declaración 3 de 3;
  • Aumento de plazo de prescripción para delitos cometidos por servidores públicos responsabilidades administrativas graves.

Artículo 109 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.

El Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Nuevo León se crea como una instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes para la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como para la fiscalización y control de recursos públicos.

Integración del Sistema Estatal Anticorrupción

  • Comité de Participación Ciudadana Artículo 20 de la Ley Estatal del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León.
  • Comité Coordinador Artículo 10 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León.
  • Los Representantes de los Entes Públicos Auditoría Superior del Estado y Contraloría, Artículo 37 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
  • Las Autoridades Estatales que conforman el Sistema Nacional de Fiscalización Artículo 3, fracción VI del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León.

Contará con

  • Comité Coordinador Artículo 8 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León.
  • Comité de Participación Ciudadana Articulo 19 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León.
  • Comité de Selección Artículo 15 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León.
  • Secretaría Ejecutiva Articulo 31 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León.
Conoce a los Comités

¿Qué es el SEANL?

El Sistema Estatal Anticorrupción de Nuevo León (SEANL) es la instancia de coordinación entre autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

¿Cómo está integrado?

Está integrado por el Comité Coordinador, el Comité de Participación Ciudadana. las autoridades estatales que conforman el Sistema Nacional de Fiscalización y los representantes de los entes públicos. También cuenta con una Secretaría Ejecutiva y una Comisión Ejecutiva.

¿Qué es el Comité Coordinador del SEANL?

El Comité Coordinador del SEANL es la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Estatal y de este con el Sistema Nacional Anticorrupción, tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción, las cuales serán de observancia general para todos los entes públicos.

¿Cómo se integra el Comité Coordinador?

El Comité Coordinador se integra por el titular de la Auditoría Superior del Estado, el titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, el titular de la Dependencia del Ejecutivo del Estado responsable del control interno, un representante del Consejo de la Judicatura; el Presidente de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León; y el Magistrado de la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas.

¿Qué es el Comité de Participación Ciudadana?

El Comité de Participación Ciudadana es, esencialmente, la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del SEANL y, además, coadyuva al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador. Este comité se integra por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.

¿Qué es la Secretaría Ejecutiva del SEANL?

La Secretaría Ejecutiva del SEANL es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión. Tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador del SEANL, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones.

¿Qué es la Comisión Ejecutiva del SEANL?

La Comisión Ejecutiva tendrá a su cargo la generación de los insumos técnicos necesarios para que el Comité Coordinador realice sus funciones; está integrada por el Secretario Técnico y el Comité de Participación Ciudadana.